Jubilación patronal: trabajadores y empleadores analizan propuesta
Jubilación patronal: trabajadores y empleadores analizan en mesas de diálogo propuesta presentada por el Ministerio de Trabajo.

Jubilación patronal, los trabajadores y empleadores analizan en mesas de diálogo propuesta presentada por el Ministerio de Trabajo.
¿De que se trata la propuesta de la jubilación patronal?
La iniciativa busca sustituir el esquema actual por un fondo común financiado con aportes de ambas partes desde el inicio de la relación laboral.
Ivonne Núñez, ministra de Trabajo, presentó el martes 29 de abril un proyecto de ley que reforma el artículo 216 del Código de Trabajo, relacionado con la jubilación patronal.
Según Núñez, el sistema actual ha incentivado despidos de trabajadores cercanos a cumplir el tiempo de servicio requerido, debido a los altos costos que representa para los empleadores.
Esto también implica la pérdida de colaboradores con experiencia.
Trabajadores y empleadores revisan la propuesta
El documento fue socializado con dirigentes sindicales y representantes del sector privado que integran el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS).
Este organismo resolvió instalar mesas técnicas, con la participación del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), las cuales se conformarán en los próximos 30 días.
A partir de su instalación, habrá un plazo de 90 días para perfeccionar el texto que se enviará a la Asamblea Nacional.
¿Cómo funciona actualmente la jubilación patronal en Ecuador?
El artículo 216 del Código de Trabajo establece que los trabajadores con 25 años de servicio continuo con un mismo empleador tienen derecho a una pensión mensual o a un fondo global.
Además, el artículo 217 otorga a los herederos del jubilado el derecho a cobrar la pensión durante un año tras su fallecimiento.
El artículo 188 también dispone que los trabajadores con entre 20 y 25 años de servicio que sean despedidos intempestivamente reciban una parte proporcional de la jubilación patronal.
Sin embargo, el proyecto de ley señala que el actual sistema genera inestabilidad laboral y económica, además de inseguridad jurídica tanto para trabajadores como empleadores.
Los empleados dependen de la estabilidad financiera del empleador, mientras que las empresas enfrentan altos costos que pueden incentivar prácticas como el trabajo informal o los despidos intempestivos.
¿Qué propone el nuevo proyecto de ley?
La propuesta reforma los artículos 216 y 217 del Código de Trabajo y aplicará únicamente para nuevas contrataciones.
Entre sus puntos principales se destaca que los trabajadores que acumulen 25 años de servicio —con uno o varios empleadores, de forma continua o discontinua— tendrán derecho a la pensión jubilar patronal.
El proyecto plantea la creación de un fideicomiso administrado por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess).
Este fondo será financiado con aportes de empleadores y trabajadores, cuyos porcentajes serán determinados por el IESS tras un estudio actuarial.
Además:
- Se eliminarán las reglas actuales del artículo 216, que establecen los parámetros para calcular la pensión.
- La pensión no podrá superar la remuneración básica unificada media del trabajador.
- Los trabajadores podrán solicitar al Biess —y no al empleador— el pago de la pensión o del fondo global.
- En caso de liquidación de una empresa, quienes gocen de la pensión tendrán derecho preferente sobre los bienes liquidados.
Otra novedad es el cambio del título del artículo 216, que pasaría de llamarse “Jubilación a cargo de empleadores” a “Pensión jubilar”.
Disposiciones generales y transitorias
El proyecto aclara que la reforma no tendrá efecto retroactivo y aplicará solo para nuevos contratos laborales.
Además, establece un plazo máximo de 180 días para que el IESS realice los estudios actuariales y emita la normativa correspondiente.
En ese mismo plazo, el Biess deberá expedir la reglamentación para constituir el fideicomiso que administrará los fondos de la jubilación patronal.