Familia de trabajadores fallecidos en obra piden indemnización
Los familia de trabajadores fallecidos en una obra piden indemnización, ha transcurrido casi tres meses y la empresa no se ha pronunciado

Los familia de trabajadores fallecidos en una obra en el sector de Pisín, en Riobamba, piden indemnización.
El 18 de febrero dos trabajadores murieron tras un deslizamiento de tierra en la obra.
A partir de ese momento, familiares de los fallecidos viven momentos de inquietud, ya que hasta la presente fecha no se han pronunciado.
Familiares de fallecidos no habrían recibido indemnización
La empresa que los contrató no habrían querido indemnizar a los familiares.
Según Andrés A., hijo de una de las víctimas, la empresa contratante:
“No quieren aceptar que es una muerte laboral, sino que piensan que es una muerte por temas naturales, pero es una muerte laboral porque estaban en ese momento trabajando. Ellos piensan que mi papá murió ya porque era el día de él”.
Con los únicos gastos que habría corrido la empresa sería los gastos de la mortuoria.
Al no haber un acuerdo, familiares de las víctimas habrían emprendido acciones legales.
Según el Seguro General de Riesgos del Trabajo, los trabajadores afectados en un accidente laboral tienen derecho a una serie de prestaciones:
Tanto económicas como médicas, incluyendo subsidios por incapacidad temporal o permanente, así como indemnizaciones por lesiones o muerte.
El Seguro General de Riesgos del Trabajo, gestionado por el IESS, cubre estos casos y establece los procedimientos para la evaluación de la incapacidad y el pago de las prestaciones.
Detalles de la indemnización:
- Subsidio por incapacidad temporal:
- Se otorga desde el día siguiente al accidente o diagnóstico de enfermedad profesional, por el período que determine el médico tratante, hasta un año.
- Subsidio por incapacidad permanente:
- Si el accidente causa una incapacidad permanente, se evalúa el grado de incapacidad y se otorga una indemnización o pensión, según corresponda.
- Indemnización por muerte:
- En caso de fallecimiento, se otorgan prestaciones a los familiares del trabajador fallecido, según lo establecido en la ley.
Otros beneficios:
Se incluyen prestaciones médicas, rehabilitación, y en algunos casos, asistencia social.
- Proceso de indemnización:
- 1. Notificación:
- El empleador debe notificar al Seguro General de Riesgos del Trabajo sobre el accidente laboral dentro de los 10 días siguientes.
- 2. Evaluación médica:
- Se realiza una evaluación médica para determinar el tipo y grado de incapacidad o lesión.
- 3. Comité de Valuación:
- Un comité evalúa la documentación médica y determina las prestaciones a las que el trabajador tiene derecho.
- 4. Pago de prestaciones:
- El IESS realiza el pago de los subsidios, indemnizaciones y otras prestaciones.
Pero esto ocurría en el caso que el trabajador este afiliado al IESS.
Pero existe una realidad, los trabajadores con tal de tener un sustento no se preocupan que el empleador los asegure.
En el tema de los 2 trabajadores fallecidos en un accidente en obra ocurrido en Riobamba, hasta la presente fecha no han sido indemnizados.
Los trabajadores quedaron atrapados debido al desprendimiento de una excavación en la que realizaban tareas de apuntalamiento.
Los 2 trabajadores fallecidos eran vecinos del sector
Los trabajadores fallecidos fueron identificados como:
- Luis Alberto Allauca de 50 años de edad
- Luis Allauca Allauca 51 años de edad
Luis Alberto Allauca vivía en condición humilde, “por eso se ha ido a mendigar un trabajo de esa clase”.